El uso de drones en España se ha extendido de forma vertiginosa en los últimos años. Tanto a nivel profesional como recreativo.
Y no es para menos. Gracias a estos pequeños dispositivos podemos obtener una gran cantidad de información, así como pasar un rato divertido tomando fotografías desde el aire.
En cuanto a la legislación, existen ciertas diferencias si se trata de un vuelo profesional o un vuelo recreativo.
Son diferencias importantes que debes conocer si quieres evitar sanciones o multas económicas.
Sea cual sea tu caso, a continuación te comparto una guía donde explico los principales requisitos normativos para cada tipo de vuelo.
Espero que te sirva y que te ayude a volar más tranquilo.
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Uso de drones recreativos ¿qué dice la normativa?
La normativa referente al uso de drones en España es relativamente nueva. Con poco más de un año en vigencia, todavía son muchos los operadores de UAS que no saben exactamente con qué leyes deben cumplir.
Los drones recreativos son aquellos que no implican una actividad laboral. Es decir, el piloto no puede lucrarse por la actividad que realiza.
Estos dispositivos deben estar sujetos a la Categoría 0, por lo que no todas las aeronaves pueden ser utilizados por aficionados.
En España no es necesario disponer de una titulación como piloto para poder operar el dispositivo de manera recreativa.
Además, estos operarios también están exentos del certificado médico o el seguro de responsabilidad civil. Ahora bien, existen ciertas restricciones que se deben tener en cuenta.
Estas son las limitaciones que has de conocer antes de alzar el vuelo como medio de entretenimiento:
- Altura máxima y distancia visible. El dron debe mantenerse a una altura máxima de 120 metros. A su vez, la distancia máxima es de 500 metros del piloto o, en caso de falta de visibilidad, hasta donde se pueda ver la UAS.
- No volar en zonas protegidas. Ciertas áreas están totalmente prohibidas para el uso de drones. Aeropuertos y sus cercanías, zonas militares, parques protegidos, prisiones… ¡Infórmate bien antes de sacar la aeronave!
- Considerar las condiciones meteorológicas. El mal clima puede afectar a la visibilidad. Por eso, cuando esté nublado o llueva, tu dron de recreo tendrá que esperar para otra ocasión.
- Evitar zonas aglomeradas. Las aglomeraciones de personas, coches o los centros urbanos también están restringidas para el uso de drones en España. La excepción son las UAS de menos de 250gr, las cuales pueden volar a un máximo de 20 metros de altitud.
- Colocar la placa de identificación. El dron y el RC deben llevar una placa con todos los datos correspondientes. Nombre del piloto, marca y modelo de la aeronave y el número de serie. Es decir, la matrícula del dron.
Cumpliendo todas estas normas, ya podrás operar con total tranquilidad.
Recuerda: ¡Vuela alto por diversión, pero sigue la ley!
Uso de drones profesional: limitaciones y obligaciones
Ahora bien, ¿qué ocurre cuando el uso del dron es profesional? Cada vez son más las empresas que se nutren de estos dispositivos y, como tal, deben conocer las limitaciones y obligaciones que deben cumplir.
En caso de que tu UAS esté destinado a la actividad laboral, has de tener en regla los siguientes documentos.
¡Presta atención! Si te falta alguno te será imposible volar la aeronave.
- Ser piloto de drones. Esta titulación se debe obtener mediante una academia autorizada por la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA). La formación consiste en 54 horas de teoría, 6 horas teórico-prácticas presenciales y las prácticas. Por último, se deberán superar los exámenes correspondientes.
- Obtener un certificado médico. En el caso de los drones de menos de 25 kg, el certificado médico es el LAPL. Si el dron supera este peso, se requiere un certificado clase 2.
- Seguro de responsabilidad civil. Esta es una de las normativas más recientes de la AESA. La cobertura debe alcanzar, como poco, 300.000€ y se debe contratar un seguro para cada dron de la empresa.
- Darse de alta como operador. Si trabajas por cuenta propia, debes darte de alta como operador de RPA autónomo. Un trámite único que no caduca y cuesta en torno a los 300€.
- Llevar un manual de vuelo. Todo piloto de drones debe disponer de un manual de operaciones. En él se registran los vuelos, las horas, los dispositivos empleados y los operadores, entre otros datos de interés.
En cuanto hayas cumplido con todos estos puntos, ya podrás volar tu dron profesional. No obstante, al igual que en el caso de los drones de recreo, existe una normativa que debes seguir a rajatabla.
Otras normas a seguir
Estas reglas varían según el tamaño y el peso de las UAS, así que te dejo con una pequeña guía para que conozcas tu caso en particular.
En el caso de los drones superiores a 25 kg, se requiere un certificado de aeronavegabilidad. Un documento que emite la AESA.
Pero, si el dron es inferior a este peso, se deben tener en cuenta los diferentes aspectos según la clase de vuelo:
- Vuelo dentro del alcance visual (VLOS) y alcance visual aumentado (EVLOS). En el caso del VLOS, la normativa es similar a la de los drones de recreo. Para los EVLOS, la UAS puede alejarse 500 metros del operador, pero se requiere un observador. Este observador debe tener la licencia teórica de piloto de drones y darse de alta en la empresa; manteniendo en todo momento la comunicación con el piloto.
- Vuelto fuera del alcance visual del piloto. (BVLOS). Si el dron pesa menos de 2 kg, el dron puede alejarse tras solicitar a la AESA un NOTAM. Si el dron pesa más de 2 kg, se necesitará también un permiso especial de la AESA.
- Vuelos nocturnos. Para usar el dron de noche, la AESA te debe conceder una autorización. También se debe realizar un estudio aeronáutico de seguridad y el dispositivo ha de llevar un sistema de luces homologado.
- Vuelo en núcleos urbanos. Para estos vuelos, el dron nunca puede superar los 10 kg. Además, se debe solicitar un permiso a la AESA y una autorización al Ministerio del Interior. Nunca se podrán superar los 120 metros de altitud y los 100 metros de distancia.
- Vuelo en zonas CTR. Las CTR (espacio aéreo controlado) se abren al vuelo de drones siempre que se coordine el trabajo con el encargado del tránsito aéreo de la zona en cuestión. Todo ello, por supuesto, con la autorización de la AESA y el estudio aeronáutico.
Así pues, si tienes una empresa que ofrezca cualquier tipo de servicio de drones, asegúrate de respetar estas normas.
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